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Contratación de un profesional para Actualización de los montos percibidos por servicios establecidas por la Ley de Conservación de la Vida Silvestre 7317.
Procurement Process :Other
Office :San José - COSTA RICA
Deadline :22-Aug-14
Posted on :06-Aug-14
Development Area :CONSULTANTS  CONSULTANTS
Reference Number :17267
Documents :
TDRs
P11
Overview : PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACIÓN Proyecto “Removiendo Barreras para la Sostenibilidad del Sistema de Áreas Protegidas de Costa Rica” TERMINOS DE REFERENCIA Contratación de un profesional para Actualización de los montos percibidos por servicios establecidas por la Ley de Conservación de la Vida Silvestre 7317. Dicha consultoría, se efectuará en el marco del proyecto “Removiendo Barreras para la Sostenibilidad del Sistema de Áreas Protegidas de Costa Rica”, del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), el cual se ejecuta con recursos del Fondo de Medio Ambiente Mundial (FMAM) y se administra por medio del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). 1. NOMBRE CONSULTORÍA Actualización de los montos percibidos por servicios establecidas por la Ley de Conservación de la Vida Silvestre 7317 2. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN Costa Rica enfrenta una aparente paradoja. Por un lado tiene un patrimonio extraordinario de biodiversidad y no ha escatimado esfuerzos para promoverse como un país que protege efectivamente una cuarta parte de su territorio y como uno de los mejores destinos de eco-turismo. Por otro lado, el Estado lucha con los problemas de crecimiento de un Sistema Nacional de Áreas Protegidas, que se ha expandido en las últimas décadas con los consecuentes requerimientos de recursos humanos y financieros. Cada vez más, la viabilidad ecológica de la red existente de áreas protegidas públicas y reservas privadas depende de los procesos biofísicos que van más allá de los límites de las áreas protegidas. Por lo tanto, la viabilidad ecológica a largo plazo del Sistema de Áreas de Conservación de Costa Rica en gran medida dependerá de su capacidad de mejorar su diseño y configuración geográfica actual. Con esta meta en mente, existe la necesidad de enlazar algunos de los enfoques innovadores de gestión ambiental de Costa Rica – tales como pago por servicios ambientales, concesiones de servicios no esenciales y bio-prospección – con una gestión más efectiva de su Sistema de Áreas de Conservación. Sin embargo, el SINAC se ha visto cada vez más impedido para acceder a fondos públicos por legislación que a menudo se vuelve contradictoria, mandatos institucionales que compiten entre sí, capacidad institucional insuficiente y mecanismos financieros complejos. La innovación ha ocurrido, pero más que todo fuera del Sistema de Áreas Protegidas del SINAC. Por otro lado, si bien es cierto los recursos disponibles del manejo cotidiano de las ASP por parte del SINAC se están estancando y, en algunos casos, reduciendo. Esta paradoja contribuye a una espiral descendiente que amenaza la viabilidad ecológica a largo plazo del Sistema de AP, así como la sostenibilidad institucional y la solvencia económica del SINAC. Aunque, se han dirigido esfuerzos considerables a la investigación y la educación ambiental, el rol de las áreas protegidas en la construcción del modelo de desarrollo de Costa Rica ha sido sub-estimado y a menudo ignorado. Este proyecto busca tratar estas limitaciones intentando encausar el verdadero potencial del Sistema de AP de Costa Rica como un promotor que contribuye al desarrollo sostenible. Por lo anterior, en su Artículo 11 la Ley de Conservación de la Vida Silvestre N° 7317 del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), se lee “mediante su personería jurídica instrumental, con el objeto de hacer cumplir los fines de esta ley y atender los gastos que de esta se deriven, administrará los recursos del Fondo de Vida Silvestre; para estos efectos contará con el setenta y cinco por ciento (75%) del total de los recursos. La Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (Conagebio) dispondrá de un veinticinco por ciento (25%) para atender las obligaciones derivadas del ejercicio de sus competencias legales; para ello, el SINAC deberá realizar la transferencia respectiva. El inciso b) amplía indicando que, “Los montos percibidos por concepto de permisos, servicios, precios, inscripciones, registros, licencias, concesiones, regencias y permisos de uso en refugios de vida silvestre, publicaciones y certificaciones, todos estos serán establecidos y actualizados vía decreto ejecutivo. (Así reformado el inciso anterior por el artículo 1 de la ley N° 9106 del 20 de diciembre de 2012)”. El Fondo estará constituido por los siguientes recursos económicos: a) El monto resultante del timbre de vida silvestre. b) Los montos percibidos por concepto de permisos, servicios, precios, inscripciones, registros, licencias, concesiones, regencias y permisos de uso en refugios de vida silvestre, publicaciones y certificaciones, todos estos serán establecidos y actualizados vía decreto ejecutivo.(Así reformado el inciso anterior por el artículo 1 de la ley N° 9106 del 20 de diciembre de 2012). c) Los legados y las donaciones de personas físicas o jurídicas, organizaciones nacionales o internacionales, privadas o públicas, y los aportes del Estado o sus instituciones. d) El monto de las multas y los comisos impuestos por concepto de las contravenciones y los delitos establecidos en los capítulos XI y XII de la presente Ley, así como sus intereses. e) Las partidas que se le asignen anualmente en los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República. f) La reasignación del superávit de operación en lo que corresponda, de conformidad con la Ley Nº 8131, Administración financiera de la República y presupuestos públicos, de 18 de setiembre de 2001. g) Cualquier otro ingreso que se adquiera por rendimiento de los recursos y la disposición o aplicación de esta Ley o de cualquier otra. Dentro de las medidas de control interno por tomar, será posible que, después de realizar la debida programación financiera y una vez definidas las necesidades de administrar recursos líquidos para enfrentar las obligaciones a corto plazo, el patrimonio sea invertido en carteras compuestas por títulos del Sector Público con riesgo soberano, bajo el principio de la sana administración de los fondos públicos y velando, en todo momento, por la seguridad, rentabilidad y liquidez de dichos recursos. Para estos efectos y antes de realizar las inversiones establecidas, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación deberá contratar una auditoría externa, con el fin de garantizar y supervisar el manejo adecuado de los recursos, sin detrimento de la revisión y el control posterior de la administración y el manejo de los recursos, que estarán a cargo de la Contraloría General de la República.(Así reformado por el artículo 2° de la ley N° 8689 de 4 de diciembre de 2008)”. 3. RESUMEN DEL PROYECTO El proyecto “Removiendo las Barreras para la Sostenibilidad del Sistema de Áreas Protegidas de Costa Rica”, apoyará la gestión del SINAC, en eliminar las barreras para la consolidación y fortalecimiento de su Sistema de Áreas Protegidas administrado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC). La meta nacional a largo plazo del proyecto es: “Consolidar el Sistema de Áreas Protegidas como componente clave del desarrollo sostenible en Costa Rica” y su Objetivo es: “Superar las principales barreras sistémicas e institucionales a la sostenibilidad del Sistema de Áreas Protegidas de Costa Rica”. La intención es que el Sistema conserve efectivamente una muestra representativa de la biodiversidad de Costa Rica, avance en las metas nacionales y capture beneficios globales en una gama de ecosistemas. Lo anterior se logrará por medio de cinco resultados interrelacionados: 1) Marco legal y de política de Costa Rica reformado y mejorado para asegurar la gestión efectiva y la sostenibilidad financiera y ecológica a largo plazo del Sistema de Áreas Protegidas; 2) Marco institucional y capacidades del Sistema de Áreas Protegidas del SINAC mejorados para una óptima planificación eco-regional y efectividad de gestión; 3) SINAC tiene la sostenibilidad financiera para alcanzar efectivamente sus objetivos estratégicos y proveer recursos para las necesidades de gestión del Sistema de AP a largo plazo; 4) SINAC prueba nuevos e innovadores enfoques de conservación a nivel de Áreas de Conservación y AP; y 5) Modelos exitosos de gestión del Sistema de AP escalados y replicados a nivel sistémico por medio de alianzas estratégicas con los interesados clave. La presente consultoría se enmarca en el Resultado Tres, específicamente, en el producto 3.1 de una Estrategia de Financiamiento para todo el sistema y el producto 3.2 un Plan Financiero de Negocios correspondiente. Para así tratar las brechas existentes en el financiamiento del Sistema de AP, el proyecto además, apoyará medidas para mejorar la captura de ingresos del SINAC. 4. OBJETIVOS DE LA CONSULTORIA Objetivo General Mejorar los ingresos del SINAC, a través de una actualización y revisión general e integral de los montos percibidos por concepto de permisos, servicios, precios, inscripciones, registros, licencias, concesiones, regencias y permisos de uso en refugios de vida silvestre, publicaciones y certificaciones, establecidas por a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre 7317. Objetivos Específicos: 1. Identificar, definir y actualizar los montos percibidos por el SINAC por concepto de permisos, servicios, precios, inscripciones, registros, licencias, concesiones, regencias y permisos de uso en refugios de vida silvestre, publicaciones y certificaciones, establecidas por a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre 7317, desde la perspectiva de la valoración del costo administrativo y de acuerdo a lo establecido en la Ley. 2. Revisar y determinar de acuerdo a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre No 7317 los elementos subyacentes desde los ingresos procedentes de las tarifas autonómicas ya referidas (en el art 11 de la ley 7317), así como de otras que pueden ser sujetas de consideraciones financieras en el marco de la ley. 3. Establecer los parámetros financieros requeridos para los diferentes servicios que define y faculta la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, Número 7317 que a través de su ART 11 inciso b. 4. Desarrollar una metodología que integre el incentivo financiero para cumplir con los objetivos anteriores y sea un mecanismo de actualización inmediata, que logre a corto plazo incorporar la fórmula matemática esperada para un mejor desempeño en la recaudación financiera para el SINAC. 5. Definir tres escenarios económicos aplicando las modificaciones financieras para cada caso pertinente a la fórmula establecida (2015 -2020). 5. ACTIVIDADES 5.1. Elaborar y presentar el Plan de Trabajo con el correspondiente cronograma de actividades y presupuesto, detallado, así como la metodología para el desarrollo de la consultoría. La metodología deberá incluir los procesos, el modelo y las acciones necesarias para llevar a cabo la consultoría. 5.2. Revisar toda la información existente que da pie al marco financiero del SINAC. 5.3. Se deberá recopilar, sistematizar y analizar la información pertinente que para, cada caso, brinde cada Área de Conservación para su posterior análisis. 5.4. Realizar un sondeo de mercado con la información suministrada donde se determine los usos y permisos incluidos, realizando para ello una proyección financiera para cada Área de Conservación y un análisis general para el sistema (SINAC). 5.5. Determinar los costos que generan cada una de las actividades relacionadas con cada uno de los permisos, concesiones u otros con el fin de determinar la posible tarifa. 5.6. Evaluar la cantidad de permisos que se han emitido a la fecha en las Áreas de Conservación, definiendo la coyuntura del período a ser evaluado para las consideraciones financieras requeridas. 5.7. Implementar una fórmula matemática que permita actualizar anualmente el monto de las tarifas. 5.8. Realizar un análisis de costo - beneficio de cada una de las distintas tarifas, contempladas en la ley y las que pueden ser incorporadas de acuerdo al análisis financiero realizado. 5.9. Recomendar con detalle las mejoras en la captación de recursos recibidos por los conceptos de ingreso. 5.10. Capacitar al personal Administrativo Financiero y a los responsables de Vida Silvestre (30 personas en dos talleres de 15 personas cada uno) en el tema con el fin de que se pueda implementar el cobro y se pueda dar el seguimiento oportuno. 5.11. Definir, mediante una propuesta, los alcances y perspectivas tanto de la Ley de Vida Silvestre como de la Estrategia Financiera del SINAC, definiendo un Plan de Acción a cinco años para la implementación del sistema automatizado de cobro. 5.12. Establecer y definir para cada caso el mecanismo de valoración respectiva (de acuerdo a la Ley), así como, otras propuestas financieras a ser incluidas como factor de cobro y que no estén contempladas en el marco de la Ley. En la Ley (de Vida Silvestre) se encuentra:  Inscripción regentes  Guía de transporte  Registro de tenencia de fauna.  Certificación de no afectar áreas de protección y bosque.  Licencias de pesca deportiva y renovación  Licencias de caza de control  Inscripción de sitios de manejo (comerciales y no comerciales)  Renovación de sitios de manejo (comerciales y no comerciales) permisos  Permisos de investigación sin colecta  Permiso de investigación con licencia de colecta científica cultural y renovación (debe ser diferenciado entre ASP, PNE y privado)  Permiso de investigación con licencia de colecta académica y renovación  Investigación académica sin colecta y renovación  Inspecciones  Permiso de exportación de especies silvestres  Permiso de importación de especies silvestres  Permiso de exportación de especies CITES  Permiso de importación de especies CITES  Permiso de Re-exportación de especies CITES  Permiso de Transito de especies CITES  Registro de negocios de venta de vida silvestre exótica o nativa  Permiso de extracción de flora comercial  Licencia para colecta plantel parental  Pasaporte científico a investigadores y asistentes  Permisos de uso ( a definir por los funcionarios de las áreas)  Permisos derivados para la preservación de las costumbres comunitarias del patrimonio cultural de comunidades locales  Pesca científica cultural  Certificaciones  Constancias  Permisos de tenencia de vs proveniente de un sitio de manejo  Permiso para taxidermia  Permiso de tenencia (colecciones)  Depósito de garantía por cierre de sitios de manejo  Inscripción en el Registro de cazadores  Otros servicios explícitos en la ley.  Y otros. 5.13. Definir y establecer los procesos financieros vinculantes al SINAC determinando las coyunturas a corto, mediano y largo plazo, así como nuevas oportunidades de negocio en el marco de la ley 7317. 5.14. Para las nuevas propuestas de cobro se deberá incluir un diagnóstico referencial y estratégico, recopilación y revisión documental, análisis de materiales directos (relación insumo-producto), levantamiento y análisis de procesos y estimación de tiempos, análisis de costos indirectos, análisis del mercado, asimismo el diseño de la tarifa final. 5.15. Desarrollar un documento propuesta que contenga los elementos y marcos de referencia legales y financieros para la consolidación de un Decreto. 5.16. Realizar dos talleres (cada uno de 15 personas) de inducción y de posicionamiento para los funcionarios de las Áreas y de la Secretaría Ejecutiva sobre este tema, y la actualización requerida para cada año según rubro de acuerdo al análisis de escenarios. 5.17. Elaborar un documento que contemple de manera amigable los instrumentos y mecanismos que serán ejecutados y puestos en marcha por el SINAC. 6. PRODUCTOS ESPERADOS Los productos señalados a continuación, deben ser presentados al Coordinador Nacional del Proyecto Removiendo Barreras para la Sostenibilidad de las Áreas Protegidas de Costa Rica, en forma digital (en versión editable MSWord, dos copias en CD) y en forma impresa: un original y dos copias, en los plazos que se señalarán y utilizando los formatos que para estos efectos proveerá la Unidad de Gestión (UG) a la empresa consultora. Producto Nº 1: El Plan de Trabajo, donde se incluya, la metodología detallada para el desarrollo de cada actividad; el cronograma de actividades; explicación de mecanismos de trabajo. El mismo deberá ser entregado a los cinco días naturales posteriores a la firma del contrato. El documento lo revisará y aprobará la comisión técnica (formada específicamente para dar seguimiento a esta consultoría), quien dará su conformidad a los cinco días hábiles posteriores una vez recibido. Producto Nº 2: Documento que identifique los vacíos financieros de acuerdo a la Ley de Vida Silvestre actual y sus modificaciones, así como las limitaciones que se imponen en las normas de gestión y operativización que dicha la ley. El mismo deberá ser entregado a los 30 días naturales posteriores a la firma del contrato. El documento lo revisará y aprobará la comisión técnica, quien dará su conformidad a los cinco días hábiles posteriores una vez recibido. Producto Nº 3: Documento que sirva como base fundamental para justificar el aumento en el valor de las tarifas por lo que ha de considerarse todo aspecto, de modo que no se perjudiquen los ingresos del SINAC en el futuro y que se determine una metodología adecuada para que los instrumentos financieros (cánones, tarifas y otros) tengan un incremento con una relación constante con los aumentos en el costo. El consultor deberá analizar, evaluar, y recomendar al SINAC lo que considera oportuno para lograr una mayor eficiencia en la aplicación de estos instrumentos; asimismo determinar si es necesario excluir, integrar o incluir algún tipo de tarifa, de modo que el cobro y control de las mismas sea más eficiente. El mismo deberá ser entregado a los 60 días naturales posteriores a la firma del contrato. El documento lo revisará y aprobará la comisión técnica, quien dará su conformidad a los cinco días hábiles posteriores una vez recibido. Producto Nº 4: Una GUIA elaborada que logre sistematizar y caracterizar el marco operacional financiero establecido en la Ley de Vida Silvestre, y así identificar cada uno de los mecanismos existentes potencializando su seguimiento mediante ajustes e instrumentos. Dicho documento deberá ser entregado a los 80 días naturales posteriores a la firma del contrato. El documento lo revisará y aprobará la comisión técnica, quien dará su conformidad a los cinco días hábiles posteriores una vez recibido. Producto Nº 5. Una propuesta de Decreto Ejecutivo, que incluya tanto los servicios como las tarifas a cobrar por cada uno de ellos. Dicho documento deberá ser entregado a los 100 días naturales posteriores a la firma del contrato. El documento lo revisará y aprobará la comisión técnica, quien dará su conformidad a los cinco días hábiles posteriores una vez recibido. Producto Nº 6: Un documento final con la recopilación del proceso que incluya la caracterización como tal, y el análisis financiero a través de los mecanismos existentes en la Ley 7317 en el marco del SINAC. El consultor deberá capacitar a 30 personas de la administración financiera en el tema, de manera que estos se puedan encargar e incluir los estudios de tarifa cuando sea atinente. Dicho documento deberá ser entregado a los 120 días naturales posteriores a la firma del contrato. El documento lo revisará y aprobará la comisión técnica, quien dará su conformidad a los cinco días hábiles posteriores una vez recibido.