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CONSULTORÍA INTERNACIONAL PARA LA ELABORACIÓN DE UN REGLAMENTO PARA LA GESTION DE LA INFORMACION DE LAS EVALUACIONES EDUCATIVAS – 2do Llamado”
Procurement Process :IC - Individual contractor
Office :Asunción - PARAGUAY
Deadline :20-Sep-18
Posted on :13-Sep-18
Development Area :CONSULTANTS  CONSULTANTS
Reference Number :49819
Link to Atlas Project :
00098619 - Fort.Institucional de la DGPP/MEC
Documents :
Invitación CI
Formularios CI
Nota Aclaratoria 01
Overview :

ANTECEDENTES

El 14 de diciembre de 2016, el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) acordaron la implementación del Proyecto 00101840 “Apoyo a la Ejecución de Programas y Proyectos del MEC”, cuyo objetivo es asegurar que los programas y proyectos financiados con recursos del Fondo de Excelencia para la Educación y la Investigación (FEEI), crédito externo y otros, a cargo de la Unidad Ejecutara de Programas y Proyectos (UEPP) del MEC, alcancen las metas y resultados que se les ha fijado, mediante el apoyo directo a los mismos con insumos que sean requeridos, e indirecto a través del fortalecimiento institucional de la UEPP de manera que ésta pueda desempeñar mejor su rol de planificar, dirigir, coordinar, supervisar, monitorear, ayudar en su ejecución y evaluar los programas y proyectos bajo su responsabilidad.

Mediante la promulgación de la Ley N° 5749/2017, que establece la carta orgánica del MEC, en el artículo N° 50 se dispone de la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE) “como órgano con autonomía funcional y académica que tiene a su cargo la responsabilidad de implementar el Sistema Educativo Nacional de Evaluación de la Calidad de la Educación en sus diferentes componentes constitutivo” (p. 21).

Considerando este mandato, la tarea del INEE abarca a los “actores educativos involucrados en los procesos cuya evaluación están a su cargo, los insumos, los procesos y resultados y el impacto generado, dichas mediciones deben servir como base para la toma de decisiones orientadas a la mejora permanente del Sistema Educativo Nacional”, en el inciso n de la Ley 5749/17 se establece que el INEE debe promover el análisis y uso de la información educativa resultante del sistema de evaluación educativa (pp. 21, 22)

En este contexto, se requiere atender la necesidad de normar, regular y optimizar la gestión de la información que resulte de las evaluaciones que son responsabilidad del Ministerio de Educación y Ciencias, garantizando el manejo profesional, académico y ético de la información, y atendiendo que la información generada debe (i) informar el debate público sobre la educación; (ii) informar la formulación de políticas públicas; (iii) informar los procesos de toma de decisiones; (iv) generar conocimientos y evidencias que orienten acciones de mejora en todos los niveles de la gestión educativa; (v) respaldar la gestión institucional de programas y proyectos o iniciativas sectoriales; (vi) brindar servicios a los usuarios del sistema educativo (investigadores, directores, docentes, padres de familia, estudiantes).

La necesidad de reglamentar el uso de información de evaluaciones educativas, surge principalmente de tres hechos interrelacionados: en primer lugar, es un imperativo que la gestión pública opere y tome decisiones considerando la evidencia disponible sobre el estado de la educación en el país y sus desafíos; en segundo lugar, el desarrollo reciente de las tecnologías de la información hace posible una operación de los sistemas de información en tanto y en cuanto esos se ajusten a las finalidades públicas que han de servir y se alineen de acuerdo a las necesidades y objetivos vinculados a la garantía del derecho a la educación de las personas y; en tercer lugar, el compromiso de la gestión gubernamental respecto de la implementación de plataformas y principios de gobierno electrónico y gobierno abierto y de transparencia en el manejo de la información que atañe a los asuntos de interés nacional. (Guadalupe, n.d.).

A las razones antes mencionadas, la gestión de la información educativa debe ceñirse a principios elementales de la vida democrática. Muchos de estos principios están contenidos en documentos internacionales (Learning Metrics Task Force, 2013; UN: CEPAL, 2011; UNSD, 2008, 2013) A continuación se mencionan los elementos centrales, vinculados con la gestión de la información:

  1. El acceso público a la información que por su propia naturaleza constituye un bien público generado con recursos del estado. Este elemento ha de compatibilizarse con otros que deben ser igualmente tenidos en cuenta tanto por su impacto en la vida democrática como por constituir obligaciones legalmente sancionadas;
  2. la protección de la intimidad; la misma que es un imperativo particularmente importante cuando se trata de información de niños, niñas y adolescentes;
  3. la reserva estadística que es necesaria para promover la veracidad en la declaración de información individual.

Por último, los resultados de las evaluaciones deben aportar insumos para la reflexión de los diferentes actores involucrados en el sistema educativo nacional: gestores, técnicos, educadores, administradores y tomadores de decisiones; debe ser un elemento para la distribución de recursos económicos y humanos según las necesidades identificadas mediante la implementación de las evaluaciones (Murillo y Román, 2018, p. 7). Solo así se conseguirá un sistema educativo eficaz, eficiente y equitativo que colabora en la construcción de una sociedad más justa, ofreciendo un servicio pertinente a las condiciones de los estudiantes, sus familias y comunidades, logrando finalmente que las experiencias educativas desarrolladas en las instituciones educativas sean relevantes y significativas.