View Notice

Consultor Nacional para revisión del marco regulatorio y político (existente y requerido) y la capacidad institucional para la implementación del Convenio Minamata sobre el Mercurio en Costa Rica
Procurement Process :IC - Individual contractor
Office :San Jose - COSTA RICA
Deadline :31-Jul-15
Posted on :15-Jul-15
Development Area :CONSULTANTS  CONSULTANTS
Reference Number :23833
Link to Atlas Project :
00080846 - Evaluacion Inicial Minamata
Documents :
TDRs
P11
Overview :

TÉRMINOS DE REFERENCIA

Consultor Nacional para revisión del marco regulatorio y político (existente y requerido) y la capacidad institucional para la implementación del Convenio Minamata sobre el Mercurio en Costa Rica

 

Proyecto: “Actividades habilitantes para la Evaluación Inicial de Minamata (en adelante MIA)”

 

ANTECEDENTES

 

Desde 2010, Costa Rica ha sido parte del Comité Intergubernamental de Negociación (CIN) del PNUMA con el apoyo de la División de Productos Químicos de la División de Tecnología, Industria y Economía del PNUMA. En octubre de 2013, Costa Rica se convirtió en signatario del Convenio de Minamata sobre el Mercurio.

Este convenio específicamente establece una serie de  requerimientos y restricciones que el país debe cumplir. De acuerdo con el artículo 20 de dicho Convenio: "Cada Parte podrá, después de una evaluación inicial, desarrollar y ejecutar un plan de ejecución, teniendo en cuenta sus circunstancias nacionales, para cumplir con las obligaciones previstas en el presente Convenio. Cualquier plan debe ser transmitido a la Secretaría tan pronto como sea desarrollado". Como tal, la propuesta de este MIA permitirá a Costa Rica cumplir con lo estipulado en dicho Convenio y así como ayudar al país en la toma de decisiones para el proceso de ratificación.

Costa Rica tiene una amplia experiencia en el manejo de productos químicos. En 2006, el país desarrolló un Perfil Nacional de Sustancias Químicas, que se actualizó en el año 2008. El Perfil permitió al país identificar las fortalezas y las necesidades relacionadas a la gestión de productos químicos, incluida la gestión de Mercurio, así como mejorar los diferentes mecanismos de coordinación institucional.

En los años 2008 y 2010, el Ministerio de Ambiente y Energía y la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), desarrollaron un proyecto piloto con la colaboración de la Agencia de Protección del Medio Ambiente (EPA) para reemplazar el equipo de mercurio, principalmente esfigmomanómetros y termómetros en un hospital. La sustitución fue un éxito y permitió elevar la conciencia en el sector salud de una manera tan impactante que la CCSS ha replicado esta experiencia de sustitución de dispositivos en otros hospitales del país.

De acuerdo a lo anterior y al compromiso adquirido como país signatario del Convenio de Minamata, la implementación de este proyecto proveerá una evaluación de la situación del mercurio en Costa Rica, necesaria para una pronta ratificación del Convenio y la definición de acciones prioritarias.

 

OBJETIVO DE LA CONSULTORIA

 

Evaluar el marco regulatorio y político (existente y requerido) así como la capacidad institucional para la implementación del Convenio Minamata en el país, incluyendo una revisión de las barreras existentes.

 

MECANISMOS DE COORDINACIÓN

 

El (la) consultor (a) nacional deberá presentar informes/rendición de cuentas y someter a revisión los diferentes documentos u otros trámites a la Unidad de Coordinación del proyecto, la cual remitirá dicha información al Director Nacional del Proyecto y al oficial a cargo en el PNUD para su aprobación.

 

1.Presentar un “Plan de Trabajo”, el cual incluya al menos descripción de la metodología empleada, acciones principales, mecanismo de coordinación con el equipo de trabajo y calendarización de los productos entregables de la consultoría. Dicho reporte deberá ser aprobado por Director del proyecto/Equipo Coordinador.

2. Revisar y evaluar del marco regulatorio y político (existente y requerido) con información hasta mayo de 2015, para la debida  implementación del Convenio Minamata sobre el Mercurio.

  1. A este respecto deberá presentar:

    1.  Reporte de avance con la revisión del marco regulatorio y político (existente y requerido) para la implementación del Convenio de Minamata con lo existente hasta mayo de 2015, identificando las actuales y potenciales posiblesbarreras existentes (políticas, vacíos legales y/o normativos a nivel nacional o internacional) para la implementación del Convenio. Dicho reporte deberá ser aprobado por Director del proyecto/Equipo Coordinador.

    2. Reporte de evaluación del marco regulatorio y político (existente y requerido) para la implementación del Convenio deMinamata con lo existente hasta mayo de 2015, incluyendolas recomendaciones para contrarrestar barreras actuales y potenciales (políticas, vacíos legales y/o normativos a nivel nacional o internacional) para la implementación del Convenio, así como recomendaciones relacionadas. Dicho reporte deberá ser aprobado por Director del proyecto/Equipo Coordinador

    3. Borrador de Documento final, incluyendo un Resumen Ejecutivo y presentaciones en formato de Power Point (en caso de que se requieran) en el que se incluye los principales resultados de la revisión y evaluación del marco regulatorio y político (existente y requerido) para la implementación del Convenio de Minamata, así como las recomendaciones respectivas. Dicho borrador de documento deberá aprobado por parte de Director del proyecto/Equipo Coordinador.

    4. Documento final aprobado impreso y digital, que incluya el Resumen Ejecutivo, presentaciones en formato de Power Point, en el que se incluye los principales resultados de la revisión y evaluación del marco regulatorio y político (existente y requerido) para la implementación del Convenio de Minamata, así como las recomendaciones respectivas. El Documento final (con Resumen Ejecutivo) y presentaciones en formato de Power Point deberán ser aprobados porDirector del proyecto/Equipo Coordinador

      3.Recomendar las posibles acciones necesarias a nivel nacional en materia regulatoria y política para para la implementación del Convenio Minamata en el país.

    5. 4.Participar en las reuniones técnicas convocadas por el Director del Proyecto/Equipo Coordinador y el Comité Ejecutivo Técnico.

 

SEDE DE LA CONSULTORIA

 

El (la) consultor(a) contratado (a) tendrá como su sede del servicio prestado su domicilio de trabajo.

 

 

DURACION DE LA CONSULTORIA

 

El tiempo estimado será de un máximo de 6 semanas a partir de la fecha de firma del contrato.

 

La coordinación necesaria con la institución coordinadora del proyecto (DIGECA/MINAE) deberá ajustarse al horario de dicha institución.

 

Para obtener mayor informacion sobre este proceso, favor descargar los TDRs adjuntos.